CPL
SINOPSIS
Los presbíteros ejercen la función de Cristo, Cabeza y Pastor, según la parte de autoridad que les corresponde. Reúnen en nombre del obispo a la familia de Dios, como una fraternidad con una sola alma, y la conducen a Dios Padre por Cristo en el Espíritu. Para ejercer este ministerio, como para las demás funciones del presbítero, se les concede un poder espiritual, que ciertamente se da para edificación. Para construir la Iglesia, los presbíteros deben tener con todos un trato exquisitamente humano, a ejemplo del Señor. Como Padres de Cristo, han de preocuparse de los fieles que engendraron espiritualmente con el bautismo y la doctrina (cf. 1Cor 4,15; 1Pe 1,23). Convertidos libremente en modelos del rebaño (cf. 1Pe 5,3), deben presidir y estar al servicio de la comunidad local, de tal manera que esta merezca recibir aquel nombre que caracteriza al único y entero Pueblo de Dios: Iglesia de Dios (cf. 1Cor 1,2; 2Cor 1,1 y passim). Recuerden que, con su conducta diaria y con su preocupación, muestran a creyentes y no creyentes, a católicos y no católicos, la imagen del servicio verdaderamente sacerdotal y pastoral. Concilio Ecuménico Vaticano II Sínodo episcopal de 1971 Pablo VI Congregación para la Doctrina de la Fe Juan Pablo II